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Ideal rotario
Lema presidencial 2024




Club 222612                                                Distrito 4281          Colombia        Zona 25 A

Autoridades
2011 - 2012


KALYAN BANERJEE.
Presidente de Rotary International
CARLOS E. ROJAS ZAMBRANO
Gobernador del Distrito 4290
JOSE A. CARRIZOSA ALAJMO
Presidente del Comité de La Fundación Rotaria Distrito 4290
LILIANA MANOTAS REYES
ViceGobernadora Zona 8

----- Club Rotario de Zipaquirá -----

CARLOS BALLEN TURRIAGO
Presidente 2011 - 2012
GERARDO LOPEZ ESTRADA
Tesorero
Presidente Electo 2012 - 2013
VIVIENNE SANCHEZ M.
Secretaria
XIMENA MELO AYALA
Macero
GERMAN GARCIA GARCIA
Presidente Nominado 2013 - 2014
OMAR PINZON RAMIREZ
Presidente Fundación Rotaria Zipa

---- Presidentes de Comités ----
MANUEL J. NAVARRETE SUAREZ
Desarrollo del Cuadro Social
GERMAN GARCIA GARCIA
Administración del Club
VIVIENNE SANCHEZ M.
Nuevas Generaciones
XIMENA MELO AYALA
La Fundación Rotaria Internacional MANUEL NAVARRETE H.
Servicio Internacional
CARLOS BALLEN TURRIAGO
Relaciones Públicas
Boletín y Portal web

CATEDRAL DE SAL DE ZIPAQUIRA.


Una maravilla que debes conocer.


Nave Central de la Catedral de Sal de Zipaquirá



 REGLAMENTO DEL CLUB ROTARIO DE ZIPAQUIRA


ARTÍCULO I. DEFINICIONES

Directiva: La junta directiva de este club.
Director: Miembro de la junta directiva de este club.
Socio: Socio (no honorario) de este club.
RI: Rotary International.
Año: Período de doce meses que comienza el 1 de julio

ARTICULO II. DIRECTIVA

El cuerpo administrativo de este club será la directiva, integrada por socios de este club, a saber: el presidente, el ex presidente inmediato, el presidente electo (o el presidente propuesto, si no se hubiera designado un sucesor), el vicepresidente, el secretario, el tesorero y el macero. A discreción de la directiva, también podrán añadirse a este organismo los directores elegidos de conformidad con el artículo 3, sección 3 de este reglamento o designados por el presidente electo.

ARTICULO III. ELECCIÓN DE DIRECTORES Y FUNCIONARIOS

Sección 1. Para elegir y ser elegido en cualquier cargo de autoridad del club, es indispensable encontrarse activo y estar a paz y salvo con la tesorería y la secretaría del club al momento del acto de elección.

Sección 2. Para ejercer el cargo de Presidente del club, el candidato debe reunir los siguientes requisitos: Haber desempeñado el cargo de Presidente anteriormente o haber sido secretario o tesorero del club, haber asistido a la Conferencia Distrital inmediatamente anterior a su posesión, haber asistido al PETS correspondiente al año en que ejercerá el cargo o haber recibido capacitación extraordinaria equivalente, impartida por la Gobernación del Distrito 4290.

Sección 3. En una reunión ordinaria que se celebre al menos quince días antes de la reunión en la que se elegirán funcionarios, el funcionario que presida la reunión, pedirá a los socios que propongan candidatos para presidente. Las propuestas podrán ser presentadas por los socios mismos del club en el recinto de la reunión según lo determine el club. Hechas las propuestas en debida forma, se anotarán en una papeleta por orden alfabético y serán sometidas a votación secreta en la reunión anual. El candidato para presidente, que obtenga la mayoría de votos será declarado electo. El presidente elegido en esta votación servirá como miembro de la Directiva en carácter de Vicepresidente durante el año que inicia el primer día de julio siguiente a su elección como presidente, y asumirá el cargo de presidente el primer día de julio inmediatamente siguiente a su año de servicio en la Directiva como Vicepresidente.

Sección 4. El Secretario será elegido en la misma forma y en la misma reunión de elección del Presidente, pero en votación separada, excepto que el presidente decida nombrarlo directamente.

Sección 5. Todos los funcionarios y directores del Club tendrán su respectivo suplente.

Sección 6. Todos los funcionarios serán elegidos por votación secreta, salvo que para un determinado cargo, haya candidato único.

Sección 7. El presidente elegido podrá nombrar a su criterio al secretario, al tesorero y los directores de avenida o comité, o someterlos a elección de la asamblea. También podrá nombrar a su criterio a los suplentes de los cargos de la Junta Directiva, con excepción del suyo propio que será el Vicepresidente.

Sección 8. Los funcionarios y los directores constituirán la directiva. En el curso de la semana siguiente al día de su elección, los directores electos se reunirán y elegirán a uno de los socios del club para el cargo de macero.

Sección 9. Toda vacante en la directiva o en cualquier otro cargo será cubierta por acuerdo de los demás directores.

Sección 10. Toda vacante en el cargo de cualquier funcionario electo o director electo será cubierta por decisión de los demás directores electos.

ARTICULO IV. DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS

Sección 1. Presidente. Este funcionario presidirá las reuniones del club y de la directiva y desempeñará las demás obligaciones inherentes a su cargo.

Sección 2. Ex Presidente inmediato. Este funcionario será miembro de la junta directiva del club y desempeñará las funciones que le asigne el presidente o la directiva.

Sección 3. Vicepresidente. Este funcionario presidirá las reuniones del club y de la directiva en ausencia del presidente y desempeñará las demás obligaciones inherentes a su cargo.

Sección 4. Secretario. Serán deberes del Secretario:
Mantener actualizado el registro de socios y de asistencia a las reuniones
Enviar convocatorias para las reuniones del club, de la directiva y de los comités
Levantar y conservar las actas correspondientes a cada una de tales reuniones.
Conservar el archivo del club.
Remitir a Rotary International los informes necesarios, incluyendo el semestral de socios que se remitirá al secretario general de Rotary International el 1° de enero y el 1° de julio de cada año, el cual deberá incluir las cuotas per cápita de todos los socios y las cuotas prorrateadas de los socios activos admitidos en el club en el curso de los períodos semestrales que comienzan en julio y enero.
Remitir al secretario general de Rotary International la relación de los cambios en la lista de socios.
Preparar los informes mensuales de asistencia a las reuniones del club que se deberán presentar al gobernador de distrito inmediatamente después de la última reunión del mes
Preparar los informes del club que se remitirán al gobernador de distrito inmediatamente después de la última reunión del mes.
Administrar la correspondencia del club.
Cobrar y remitir a RI las suscripciones a la revista oficial
Actuar como fiscalizador de las actividades del Tesorero
Desempeñar las demás obligaciones inherentes a su cargo.

Sección 5. Tesorero. Deberá custodiar todos los fondos y rendir cuenta al club semestralmente y en todas las demás ocasiones que lo exija la directiva, y desempeñará las demás obligaciones inherentes a su cargo; en particular se encargará de los cobros oportunos de las obligaciones de los socios. Al dejar el cargo, entregará al tesorero entrante o al presidente todos los fondos, libros de cuentas y demás bienes del club

Sección 6. Macero. Los deberes del macero serán los que generalmente se prescriben para éste cargo:
Ser el Maestro de ceremonias para las reuniones y actividades que el club desarrolle
Destacar en cada reunión del club los acontecimientos familiares y sociales de los socios y de la actualidad.
Preparar el lugar de celebración de las reuniones
Será el responsable de la logística de las reuniones y actividades que desarrolle el club
Llamar a los socios que faltaron por alguna razón a la reunión de la semana, e invitarlos a asistir.
Controlar el manejo del tiempo de la reunión semanal y de la participación de cada socio en ella.
Y cualquier otro que el presidente o la junta directiva le asignen.

ARTICULO V. REUNIONES

Sección 1. Reunión anual.
La reunión anual de este club se celebrará en la cuarta semana del mes de noviembre de cada año, y en ella se efectuará la elección de funcionarios y directores para el ejercicio siguiente. En todo caso, deberá celebrarse no más tarde del 31 de diciembre.

Sección 2. Reuniones ordinarias. El club celebrará sus reuniones ordinarias semanalmente a las 7:30 p.m. el primer jueves del mes en la Sede Esmeralda del Club del Comercio de Zipaquirá y los otros jueves en la Fundación Casa del Chorro o si se tratare de una reunión hogareña, en la residencia de alguno de los socios, la cual se programará y avisará el mes anterior a su realización.  Todo cambio o cancelación de una reunión ordinaria se notificará en la forma debida a todos los socios del club, pudiendo ser la más adecuada, económica y ágil el correo electrónico.   
Todos los socios, excepto los honorarios (o los que, de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos prescritos a los clubes rotarios hubieran sido eximidos de cumplir con los requisitos de asistencia), que estuvieran al día en el cumplimiento de sus obligaciones deberán ser contados como “presentes” o “ausentes” en la reunión semanal ordinaria del club, requiriéndose, para que un socio pueda ser considerado “presente”, que asista a la reunión ordinaria de su propio club o de cualquier otro club rotario y permanezca en la misma durante, por lo menos, el sesenta (60)% de su duración o como se estipula en el artículo 9, secciones 1 y 2, de los Estatutos prescritos a los clubes rotarios.

Parágrafo.- Todo socio que participe en cualquiera de las reuniones del club a través del canal virtual conectado al portal web del club, será considerado como "presente" en la reunión, siempre y cuando permanezca en la misma durante por lo menos el sesenta porciento (60%) de su duración.

Sección 3. Quórum. Una tercera parte del total de los socios constituirá quórum en la reunión anual y en las reuniones ordinarias de este club.

Sección 4. Las sesiones ordinarias de la directiva se celebrarán el segundo jueves de cada mes. Las sesiones extraordinarias de la directiva serán convocadas por el presidente, cuando se juzgue necesario o a solicitud de dos (2) de los directores, dando en cada caso el debido aviso.

Sección 5. La mayoría de los directores constituirá quórum de la directiva.

Sección 6. Compensaciones virtuales. El club aceptará la compensación virtual en armonía con los estatutos y el reglamento de Rotary International. El siguiente es el procedimiento a seguir para tener efectividad en la compensación:

PRIMER PASO
Para pedir la recuperación se debe registrar en la página http://www.recl.org/ completando todos los datos que figuran en el formulario:
http://rotaryeclublatinoamerica.org/wp-content/Solicitud%20de%20recuperación%20MAKE- UP%20en%20el%20R.%20e-Club1.doc

Cuando se haya completado guardarlo en el computador. Al enviar esta solicitud se declara la aceptación de las condiciones.

SEGUNDO PASO
Leer las informaciones que aparecen sobre alguno de los proyectos o programas del e-Club Latinoamérica o sobre las noticias publicadas y escribir un "comentario" al menos a uno de los proyectos o noticias. El comentario debe contener de 100 a 300 palabras aproximadamente, y puede hacer constar si cree que hay posibilidades de colaboración entre nuestro Club y el e-Club Latinoamérica en alguno de los proyectos. No olvide firmarlo con el nombre y apellido y con el nombre y número del Club Rotario en el Distrito 4290.

TERCER PASO
Enviar por correo electrónico el formulario guardado en el PRIMER PASO, a cualquiera de estas dos direcciones e-mail: info@recl.org o alternativamente info@rotaryeclublatinoamerica.org.
El mismo día recibirá por correo electrónico el certificado de asistencia al e-Club que le permitirá compensar una reunión. De esta forma las estadísticas de asistencia del Club no se verán perjudicadas por la ausencia y se habrá cumplido con la obligación de asistir a través de la compensación

Sección 7. Para que un socio pueda ser considerado como “presente” es necesario que asista a la reunión ordinaria de su propio club o de cualquier otro club rotario y permanezca en la misma durante, por lo menos, el 60% de su duración

Sección 8. Otras compensaciones. Las actividades propias para el desarrollo de los programas del club que efectúen los socios, podrán ser tenidas en cuenta como compensación siempre y cuando sean justificadas plenamente para ser aceptada por la Directiva.

Parágrafo. Las parejas rotarias en las que cada uno es socio del club, podrá compensar hasta tres inasistencias de reuniones ordinarias en un mismo mes, con la asistencia de uno de los dos, el cual tendrá representación del ausente y se compromete a informarle de todas las actividades desarrolladas en la reunión. Esta compensación no aplica para las asambleas.

Sección 9. Reuniones especiales. Con pareja rotaria. Durante el año Rotario se invitará a las parejas rotarías como mínimo a cuatro (4) reuniones así:
1. Visita del gobernador.
2. Transmisión de mando.
3. A mínimo 2 reuniones que programará la junta directiva con un te¬mario adecuado a la asistencia.
4. Reuniones hogareñas y paseos que programará la junta directiva con la aprobación del club en reunión ordinaria

Sección 10. Asambleas. El club realizará como mínimo 4 asambleas durante al año rotario, y siempre en los siguientes casos:
1. Antes del 31 de Julio, para la definición de los planes y objetivos del club para el período que comienza.
2. Con motivo de la visita del Gobernador.
3. Antes del 15 de Febrero, para evaluación de las actividades del período.
4. En la cuarta semana de noviembre para elección de autoridades del club.

Sección 11. Primera y última reunión del año. La primera reunión del año calendario será el penúltimo martes de enero, y la última el segun¬do martes de diciembre.

Sección 12. Quórum Junta directiva. La mitad más uno de los miembros de la junta directiva constituirán quórum.

Sección 13. Quórum Asamblea. Las dos terceras partes PRESENTES del total de los socios activos del club constituirán quórum en una asamblea. No se considera presente a la pareja rotaria de la cual solo asiste uno de sus miembros.

Parágrafo General: En las Reuniones ordinarias de los martes y en las de junta Directiva, se buscará en lo posible que no sean para deliberar sino decisorias. Durante la semana los asuntos a resolver se pueden analizar vía E-mail o teléfono por los comités comprometidos en el asunto.

ARTICULO VI. CUOTAS DE INGRESO Y ORDINARIAS

Sección 1. Cuota semestral. La cuota semestral será fijada por la junta directi¬va, con la aprobación del club en una reunión ordinaria y será pagade¬ra en 6 cuotas mensuales que cada socio deberá cancelar a más tardar en la segunda reunión de cada mes. Es entendido que esta cuota cubre el aporte del socio a los gastos totales del club, aportes de éste a Rotary International, suscripción a la revista rotaria, y obligaciones per cápita con el distrito rotario.

Sección 2. Cuota de ingreso. El valor de la cuota de ingreso de un nuevo socio al club será el equivalente al valor de una cuota mensual vigente.

Sección 3. Cuotas extraordinarias. La junta directiva, con la aprobación del club y en reunión ordinaria, podrá fijar cuotas para cubrir eventos especiales como fiestas, reuniones hogareñas, paseos, y otras actividades sociales del club.

Sección 4. Exención de pago de cuota. Será potestad de la junta considerar exenciones temporales en situaciones financieras especiales.

ARTICULO VII. VOTACIONES

Las decisiones de este club que no sean potestad de la junta directiva, se resolverán por votación verbal (viva voz), exceptuando la elección de los funcionarios o directores, que se harán por papeleta. La directiva podrá decidir que, respecto a una resolución dada, la votación se efectúe mediante papeleta y no a través de votación verbal. En ambos casos deberán contar con la mitad mas uno de los votos emitidos por los socios activos, asistentes a la sesión.

ARTICULO VIII: LAS AVENIDAS DE SERVICIO

Las Avenidas de Servicio constituyen la base filosófica y práctica de la labor de este club rotario. Estas avenidas son Servicio en el Club, Servicio a través de la Ocupación, Servicio en la Comunidad, Servicio Internacional y Servicio a las Nuevas Generaciones. Este club participará directamente en cada una de las Avenidas de Servicio.

ARTICULO IX: COMITÉS

Los comités del club son responsables del cumplimiento de las metas anuales y las metas estratégicas a largo plazo del club. El presidente electo, el presidente y el ex presidente inmediato deberán trabajar conjuntamente para garantizar la continuidad en el liderazgo y planear la sucesión en el cargo. A fin de garantizar la coherencia en la gestión, cuando sea factible, los miembros de los comités deberán ser designados para ocupar su cargo durante un plazo de tres años. Antes del año de ejercicio de su cargo, el presidente electo deberá nombrar a los miembros de cada comité a efectos de cubrir vacantes, designar a los presidentes de los comités y organizar reuniones de planificación. Se recomienda que los presidentes de los comités hayan integrado previamente el comité que corresponda.

Se deberán nombrar los siguientes comités permanentes estipulados de conformidad con el Plan de Liderazgo Distrital y el Plan de Liderazgo para los Clubes:
Cuadro social
Este comité deberá desarrollar e implementar un plan integral para la captación y conservación de socios.
Imagen pública
Este comité se encargará de desarrollar e implementar planes para difundir entre el público información sobre Rotary y promover los proyectos de servicio y actividades del club.
Administración
Este comité se encargará de aquellas actividades relacionadas con el funcionamiento eficaz del club.
Proyectos de Servicio
Este comité deberá desarrollar e implementar proyectos educativos, humanitarios y ocupacionales que mitiguen las necesidades de la comunidad local y las comunidades de otros países.
La Fundación Rotaria
Este comité será responsable de desarrollar e implementar planes de apoyo a La Fundación Rotaria, mediante contribuciones económicas y la participación en los programas.

Se nombrarán, asimismo, los comités ad hoc que sean necesarios.
(a) El presidente será miembro ex officio de todos los comités y, como tal, gozará de los mismos privilegios que los demás miembros.
(b) Cada comité atenderá los asuntos según lo dispone este reglamento y aquellos otros asuntos que el presidente o la directiva pongan a su cargo. Ningún comité podrá tomar decisiones sin antes presentar un informe a la directiva y obtener su aprobación, con excepción de los casos en que ésta le conceda autorización especial para hacerlo.
(c) El presidente de cada comité será responsable de las reuniones ordinarias y las actividades del comité, supervisará y coordinará su labor y transmitirá a la directiva los informes sobre todas sus actividades.

El club está facultado para formar los comités necesarios para cumplir sus objetivos de compañerismo y servicio. En los Manuales para los comités del club se ofrecen listas de ejemplos de los comités que pueden establecerse en forma optativa. Asimismo, si fuera necesario, el club podrá instaurar su propio sistema de comités.

ARTICULO X: DEBERES DE LOS COMITÉS

El presidente examinará y establecerá los deberes de todos los comités para el año en que ejercerá el cargo. Al declarar los deberes de cada comité, el presidente hará referencia a los materiales pertinentes de RI y a las Avenidas de Servicio al desarrollar sus planes para el año.

Cada comité tendrá un mandato específico, metas claramente definidas y planes de acción establecidos antes del comienzo de cada año, que implementará durante el curso de dicho año. La responsabilidad principal del presidente electo será ejercer el liderazgo necesario para preparar las recomendaciones destinadas a los comités del club, sus mandatos, metas y planes, a fin de presentarlos ante la directiva antes del comienzo del año, como se indicara anteriormente.

ARTICULO XI. AUSENCIAS AUTORIZADAS

La Directiva a solicitud de un socio que exponga por escrito un motivo justificado y suficiente, podrá autorizarlo para que deje de asistir a las reuniones del club durante un tiempo determinado no mayor de 12 meses. Esta autorización de la directiva evita la pérdida de la calidad de socio, pero no sirve para dar crédito de asistencia al socio ausente.
Las ausencias autorizadas no se tomarán en cuenta al computar el promedio de asistencia si cumplen con lo dispuesto en el artículo VII, sección 3, de los Estatutos prescritos a los Clubes Rotarios
A menos que el socio asista a otra reunión ordinaria de cualquier club o cumpla con las compensaciones establecidas en el presente reglamento, se le anotará como ausente para efectos del promedio de asistencia.

ARTICULO XII: FINANZAS

Sección 1. Antes del comienzo de cada año fiscal, la directiva preparará un presupuesto de ingresos y gastos estimados para ese mismo período, el cual marcará el límite de los gastos aplicables a cada partida, salvo que la directiva disponga lo contrario. El presupuesto se dividirá en dos partes: una relacionada con las operaciones del club y la otra con las operaciones filantrópicas y de servicio.

Sección 2. El Tesorero depositará todos los fondos del club en el banco que designe la directiva. Los fondos del club se dividirán en dos partes: operaciones del club y proyectos de servicio.

Sección 3. El tesorero u otro funcionario autorizado efectuará el pago de todas las cuentas, con la aprobación previa de otros dos funcionarios o directores.

Sección 4. Todas las cuentas se pagarán debidamente respaldadas por comprobantes autorizados por el presidente, el funcionario que la directiva designe o por carta expresa de la Junta.

Sección 5. La directiva, para garantizar la custodia de los fondos del club, podrá exigir fianza a los funcionarios que tengan bajo su administración dichos fondos, correspondiendo al club el pago de los costos de tal fianza.

Sección 6. Cualquier gasto diferente de los estrictamente presupuestados para la operación del Club, deberá ser autorizado por el Presidente del Club o la Junta Directiva.

Sección 7. Un contador titulado u otra persona calificada para ello, podrá efectuar una revisión pormenorizada de todas las operaciones del club una vez por año o en el momento que la directiva lo considere pertinente.

Sección 8. El Presidente conjuntamente con el Tesorero preparará anualmente, antes del 31 de julio, el presupuesto de ingresos y egresos. Dicho presupuesto deberá contar con la aprobación de la Junta Directiva.

Sección 9. El Tesorero preparará mensualmente un flujo de caja del Club y presentará este informe en la última reunión de cada mes.

Sección 10. El año fiscal de este club será del 1 de julio al 30 de junio siguiente, y para lo relativo al cobro de las cuotas de los socios, se dividirá en dos períodos semestrales: del 1 de julio al 31 de diciembre, y del 1 de enero al 30 de junio. El pago a Rotary International de las cuotas per cápita y de las suscripciones a la revista debe hacerse hacerse durante los primeros quince días de cada uno de los semestres de cada año, tomando como base el número de socios que tenga el club en dichas fechas.

ARTICULO XIII. PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE SOCIOS.
(Toda clase de socios)

Sección 1. La hoja de vida de un socio en perspectiva, propuesto por un socio activo del club, veterano activo, o de servicio anterior en el club, se remitirá por escrito a la directiva, por intermedio del secretario del club. Un ex socio de otro club o un socio que se transfiera a otro club, podrá ser propuesto en calidad de socio activo por parte del club anterior. La propuesta será confidencial, con excepción de lo dispuesto en este artículo.

Parágrafo: En lo posible tener en cuenta un perfil de Ingreso:
Edad: mínima 25 años.
Ocupación: Profesional y/o líder en alguna actividad.
Disponibilidad: Los jueves de 7 p.m. en adelante.

Sección 2. La directiva verificará que la citada propuesta cumpla con todos los requisitos establecidos en los Estatutos del club en cuanto a clasificaciones y socios y la presentará con su concepto al presidente dentro de los 30 días posteriores a su recepción.

Sección 3. Si la decisión de la directiva es favorable, el presidente someterá a consideración del club el invitar al candidato a asistir a las reuniones previa presentación y envío por correo electrónico, de su hoja de vida por parte del comité de socios y su conocimiento por parte de los socios y notificará su decisión al proponente, por intermedio del secretario del club.

Sección 4. De ser aprobado, al candidato se le invitará a un máximo de 2 reuniones ordinarias, período durante el cual cualquier socio activo podrá sustentar su objeción al ingreso del candidato ante cualquier miembro de la junta.

Sección 5. Si ningún socio del club (que no sea honorario) plantea por escrito alguna objeción a la propuesta y la sustenta con las razones pertinentes dentro de los siete días siguientes a la difusión de la información sobre el posible socio, éste se considerará elegido como socio.

Sección 6. Si se ha elevado a la directiva alguna objeción, ésta la evaluará y votará sobre este asunto en su próxima reunión. Si, a pesar de dicha objeción, la directiva aprueba el ingreso del socio propuesto, éste se considerará elegido como socio.

Sección 7. Después de elegido el socio, el presidente informará al club durante la reunión ordinaria siguiente a la decisión tomada por la junta y el secretario informará al socio en perspectiva, mediante comunicación escrita, acerca de los propósitos de Rotary, de los privilegios y responsabilidades que conlleva el ser socio y le invitará a ser socio del club.

Sección 8. Si el socio elegido acepta la invitación a ser socio activo del club, se le pedirá que firme el formulario de propuesta de admisión de socio, el compromiso de cumplir con los Estatutos de R I y el reglamento del club, pague su cuota de ingreso como se dispone en este reglamento, (excepto para las personas propuestas como socias honorarias), y dé su permiso para anunciar al club su nombre y la clasificación que ocupará. Hecho esto se considerará como socio admitido.

Sección 9. Después de la selección, el presidente del club efectuará los arreglos necesarios para la instalación del nuevo socio, además de la entrega de la tarjeta de identificación y el material impreso necesario. Asimismo, el presidente o el secretario, transmitirá a RI la información sobre el socio nuevo. Por otra parte, el presidente asignará a un socio la responsabilidad de asistir al nuevo socio, facilitándole su integración y encomendándole tareas relacionadas con un proyecto o función del club. De esta tarea debe encargarse el padrino, o socio activo que lo presentó al club.

Sección 10. La readmisión de un socio retirado deberá presentarse ante la junta Directiva quien la recomendará al Club para su consideración.

Sección 11. El club podrá seleccionar a los socios honorarios que proponga la directiva, a tenor de lo dispuesto en los Estatutos del club.

ARTICULO XIV. PERDIDA DE LA MEMBRESIA. 

La calidad de socio se pierde por:

Sección 1. El incumplimiento de los Estatutos de R. I. o del presente reglamento

Sección 2. La inasistencia no justificada válida y oportunamente a más de 3 reuniones ordinarias consecutivas o más del 40% del total de las reuniones ordinarias semestrales.

Sección 3. El no pago oportuno de más de tres cuotas mensuales consecutivas o cuotas extraordinarias.

Sección 4. Faltas graves comprobadas contra la moral, la ética profesional, las buenas costumbres o la convivencia social.

ARTICULO XV. RESOLUCIONES

El club no considerará resolución o moción alguna que lo obligue en cualquier sentido sin haber sido antes sometida a la consideración de la directiva. Tales resoluciones o mociones, cuando se presenten durante una reunión del club, serán remitidas a la directiva, sin discutirlas.

ARTICULO XVI. ORDEN DEL DÍA

Se sugiere para las reuniones el siguiente orden del día:
1. Invocación rotaria
2. Himno Rotario
3. Oración patria
4. Macería: Presentación de visitantes
5. Minuto Rotario
6. Secretaría: Lectura de correspondencia, avisos.
7. Informe de Comités, de haberlos.
8. Presidencia: Asuntos pendientes, asuntos nuevos.
9. Discurso o conferencia
10. Tribuna libre.
11. Clausura de la reunión.

ARTICULO XVII. MEDIO OFICIAL DE COMUNICACIÓN

Sección 1. Para una mejor dinámica, ágil y económica comunicación entre los socios del club se utilizará el correo electrónico.

Sección 2. El medio de comunicación oficial del Club hacia la comunidad en general será el Boletín Rotario llamado Rotazipa.

ARTICULO XVIII. ENMIENDAS

Este reglamento podrá ser enmendado en cualquier reunión ordinaria en la que haya quórum, por el voto de las dos terceras partes de los socios activos presentes, siempre que los proyectos de enmienda se hayan enviado por correo a todos los socios por lo menos diez (10) días antes. Es indispensable que tales enmiendas estén en armonía con los estatutos del club y con los estatutos y el reglamento de Rotary International.

Original firmado

Carlos Ballén Turriago        Vivienne Sánchez Mogrovejo
Presidente                             Secretario





Encabezado

La revista rotaria.


El mes de abril ha sido designado Mes de la revista rotaria en el calendario rotario. En este mes también se celebra la fiesta de los niños.

En 1911, para ofrecer información a los socios de los clubes, se vió la necesidad de crear una revista, que se llamó The National Rotarian, revista en idioma inglés, publicada en la Sede Mundial de RI en Evanston, Illinois, EE.UU., al servicio de Canadá, Estados Unidos y más de 200 países y regiones, con una tirada superior a los 488.000 ejemplares.

Celebrando sus primeros 100 años de impresión, en esta edición especial de enero de 2011 para el recuerdo de la emisión del centenario, la revista cuenta con cientos de portadas de peso, autores destacados, artistas ilustres, y figuras históricas. De tapa dura, puede reservar su copia de U$20 en www.shop.rotary.org

Centenario

Los rotarios de regiones no servidas por The Rotarian sintieron la necesidad de producir sus propias revistas y fué a sí como en 1915 apareció la primera revista regional Rotary Today, también en inglés, al servicio de Gran Bretaña e Irlanda, con una tirada superior a los 58.000 ejemplares, convirtiéndose en la primera de más de 30 que le sucedieron cubriendo hoy más de 775.000 ejemplares para 130 países en 25 idiomas.

A estas publicaciones les siguieron Brasil Rotario en portugués, El Rotario de Chile en español, Rotary Africa en inglés para Africa Meridional y Oriental, De Rotarian en holandés, al servicio de los Países Bajos y en 1928 en Australia, la publicación antecesora de Rotary Down Under. Esta revista australiana fue la primera publicación regional en obtener la aprobación de RI. A pesar de que las revistas regionales fueron publicadas en varios países de Europa continental, entre los años 1920 y 1930, se suspendió su publicación durante la Segunda Guerra Mundial.

Los fundadores de tres publicaciones de América Latina fueron los líderes regionales de Rotary. El Rotario Peruano, la revista oficial regional del Perú, fue fundada en 1933 por Fernando Carbajal Segura, presidente de RI en 1942-43. El primer editor de Rotarismo en México, fundada en 1974, fue Frank J. Devlyn, presidente de RI en 2000-01. Y el predecesor de Brasil Rotario, un boletín trimestral llamado Rotárias Noticias que se inició en 1924, fue editado por Thomas Joo Saboya e Silva, entonces presidente del recién fundado club Rotario de Río de Janeiro.


revistas


En 1970 nace Colombia Rotaria, publicación de información e instrucción al servicio de los clubes rotarios de la República de Colombia, -Distritos 4270, 4280 y 4290-, con una tirada en español de 3.500 ejemplares. Su director y representante legal es Enrique Jordán Sarria, a quien saludamos y felicitamos por tan extraordinaria producción.


"En la actualidad, el Servicio Mundial de Prensa de Rotary es el núcleo en torno al cual fuancionan nuestras 32 revistas."2 The Rotarian y el magazine de prensa Rotary World disfrutan de una relación mutuamente beneficiosa de cooperación y de trabajo que permite a RI distribuir su mensaje por todo el mundo. La información se comparte libremente, como es la experiencia y la ayuda en el campo. Los artículos y fotografías de cada edición mensual de The Rotarian se envían a las regionales, entre ellos el Mensaje del Presidente, el material de información privilegiada de Rotary, y las características especiales que promueven el lema de RI, los programas de La Fundación Rotaria y Rotary, y la convención internacional. A pesar de que las publicaciones deben ayudar a promover la misión de RI, cada revista conserva su identidad individual, el sabor nacional y la libertad editorial. 1

Recientemente The Rotarian ha producido su Edición digital RVM disponible en inglés con narración en off en coreano, español, francés, japonés y portugués, que muestra las obras de Rotary en el mundo. Cada colección incluye diversos videos sobre temas que van de la alfabetización y la lucha contra el hambre a la campaña contra la polio y el servicio en la comunidad. De la colección 6, próxima a aparecer, es el siguiente video:

El "club anfitrión de EE.UU." tomó acción ante 11-Septiembre

"Un orgullo muy especial" refleja la respuesta del Club Rotario de Nueva York tras el atentado contra el World Trade Center.

Fuentes:
1. www.rotary.org
2. Revista Colombia Rotaria No 133.

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Estas son entidades comprometidas con su responsabilidad social, que apoyan el ideal de servicio del Club Rotario, patrocinando las actividades, proyectos y programas de ayuda humanitaria.
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lugar a confirmar, . Celulares (+57) 310 8527556 * (+57) 300 613 2211
Zipaquirá 250252, Cundinamarca, COLOMBIA, S.A.  
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